Fundamento legal



En la Constitución de la República del Ecuador, el Art. 95 consagra el derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos de interés público, a través de la democracia representativa, directa y comunitaria.

De igual forma, el Art. 96 reconoce todas las formas de organización de la sociedad como expresión de la soberanía popular, para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas, así como en el control social de todos los niveles de gobierno.